Fallo contra el aumento en el transporte: la Justicia suspende el llamado a la audiencia pública en el AMBA

La Justicia Federal suspendió la convocatoria a la audiencia pública realizada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Infraestructura de la Nación con el fin de tratar los aumentos en el cuadro tarifario de trenes y colectivos, por no haberse garantizado el adecuado procedimiento de participación ciudadana requerido por ley.

El fallo fue dictado por el juez Ernesto Kreplak, a cargo interinamente del juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N.° 3 de Lomas de Zamora, que admitió el recurso de amparo presentado por el intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, que cuestionó el sistema dispuesto por Gobierno. Este consistía en que los ciudadanos dejen comentarios en una página web.

En la resolución, se planteó: “No resulta atinente realizar la consulta pública mediante un sistema al que no todos los usuarios tienen acceso y que a su vez contiene fallas tecnológicas, impidiendo el cumplimiento de su finalidad, de modo que los ciudadanos que deseen participar puedan dar su opinión”.

La Resolución 1/2024 de la Secretaría de Transporte, publicada el viernes 19 de enero, había establecido un plazo de tres días hábiles administrativos para que las personas interesadas presenten sus opiniones y propuestas a través del sitio web del organismo.

“Es insólito que hayan convertido la audiencia pública del aumento de transporte en un formulario web en el que realizas un comentario de hasta 5000 caracteres y finaliza la participación. De esta manera, anulan cualquier instancia de intercambio y debate, y convierten la audiencia en un posteo de redes. No se puede encarar un proceso que afectará el ingreso de millones de familias a espaldas de la ciudadanía”, expresó Gray en el documento presentado ante la Justicia el pasado martes.

“Estoy muy preocupado por el esquema tarifario que propone el Gobierno nacional. Aumenta el costo de los boletos de colectivos en un 251 % y de trenes del 169 % al 247 %, según la línea”, agregó el jefe comunal bonaerense.

“Cada mañana, miles de vecinas y vecinos de nuestro distrito se trasladan a sus trabajos y en muchos casos toman dos y tres transportes públicos. Estos aumentos, junto a los anunciados de luz y gas, solo les dificultarán más la vida a las trabajadoras y los trabajadores”, subrayó.

El recurso judicial presentado por Gray también enfatiza en la falta de información pública adecuada y la ausencia de tiempo necesario para evaluar el nuevo cuadro tarifario y efectuar un análisis previo pormenorizado de los antecedentes de las tarifas, lo que afecta el ejercicio pleno del derecho de participación y defensa de las usuarias y los usuarios.

El viernes pasado, la Secretaría de Transporte dispuso la apertura de la instancia de participación ciudadana para los aumentos de tarifas en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) por reducciones de subsidios, en el que se propone un incremento que llevará a $ 270 el boleto mínimo de colectivo y a $ 130 en el caso del tren, a partir del 1 de febrero.

De esta forma, el nuevo cuadro tarifario prevé aumentos de 251 % y 169 % para el boleto mínimo de colectivo y el pasaje de tren, respectivamente.

Otro revés judicial

Una jueza del fuero laboral declaró este miércoles la invalidez de seis artículos del decreto de necesidad y urgencia (DNU) de desregulación económica del gobierno de Javier Milei, informaron fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por la jueza laboral de feria Liliana Rodríguez Fernández, que admitió “parcialmente lugar a la acción de amparo” de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado nacional.

La magistrada resolvió “declarar la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97” del DNU 70/2023, aunque aclaró que “gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario”.

La jueza laboral de feria acotó su decisión a aquellos artículos del DNU que, según su consideración, afectan “de modo directo” los intereses de la CGT por afectar derechos colectivos de los trabajadores.

Ellos son “el artículo 73, que modifica las condiciones de retención de la cuota sindical; el artículo 79, que establece reglas para la negociación colectiva; el artículo 86, que modifica la vigencia de las cláusulas obligacionales; los artículos 87 y 88, que incorporan a su vez los artículos 20 bis y 20 ter a la ley 23551; y el artículo 97, que regula los servicios esenciales en el marco de conflictos colectivos”, resumió la jueza en su resolución de 10 páginas.

Con información de la agencia Télam
Foto: Daniel Dabove/Télam

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