Boleta única: puntos principales del dictamen de la oposición

Cómo será la boleta única de papel

-Incluirá todas las categorías para la que se realiza la elección, claramente distinguidas.

-Estará dividida en espacios, franjas o filas horizontales para cada agrupación política que participe.

-Ahí figurará el nombre del partido político o alianza.

-En las elecciones presidenciales, cuando en la misma franja se incluyan legisladores nacionales, se utilizará el nombre de la agrupación de orden nacional.

-En el caso de las PASO, figurará la denominación de la lista interna.

-Para el caso de presidente y vice, aparecerá nombre, apellido y foto de ambos candidatos.

-Para el caso de senadores nacionales: nombre y apellido de los candidatos y foto color de las personas titulares.

-Para el caso de diputados nacionales figurarán como mínimo los nombres y apellidos de los 5 primeros candidatos de la lista a excepción de los distritos que elijan un número inferior. En todos los casos se incluirá la foto color de las primeras dos candidatas o candidatos titulares.

-En el caso de parlamentarios del Mercosur por distrito nacional, figurarán los 5 primeros candidatos de la lista y foto color de las dos primeras personas titulares.

-Para el caso de candidatos a parlamentario del Mercosur por distrito provincial, nombre y apellido y foto del candidato titular.

-Habrá junto a cada tramo de cargo electivo un casillero en blanco con el fin de votar cada categoría.

-Si el partido político o alianza no participa de alguna de las categorías de cargos a elegir, se incluirá en el espacio correspondiente la inscripción: “No presenta candidato”.

-Se contempla un casillero en blanco para que se pueda votar por lista completa próximo a la identificación de la agrupación política.

Detalles para tener en cuenta

-Las listas completas de candidatas y candidatos con sus respectivos suplentes deben ser publicadas en afiches o carteles de exhibición obligatoria de manera clara y visible en cada cabina de votación.

-Para facilitar el voto de los no videntes, se elaborarán plantillas de la boleta única en material transparente y alfabeto Braille, que llevarán una ranura en los lugares destinados a los casilleros para ejercer la opción electoral.

Diseño de la boleta  

-Se incluirá fecha de la elección, distrito, circuito, número de mesa, instrucciones para la emisión del voto en el dorso, dos casilleros para que el presidente de mesa y los fiscales puedan firmar al momento de entregar la BUE al elector.

-Serán en papel no transparente, con indicación gráfica de sus pliegues a fin de facilitar su introducción en la urna.

-Estarán adheridas a un talón donde se indique serie y numeración correlativa.

-Las letras impresas deben tener características idénticas en cuanto a su tamaño y forma.

-El orden de cada partido o frente electoral en la boleta quedará definido de acuerdo con el resultado de la elección primaria, correspondiendo el primer lugar a la agrupación más votada en la categoría de diputados nacionales y los ulteriores lugares de acuerdo con la cantidad de votos obtenidos por cada una de ellas en la misma categoría.

-En caso de que alguna de las agrupaciones no hubiese presentado candidatos en la categoría diputados nacionales, la determinación se efectuará en base a la categoría senadores y, en defecto de esta, la de presidente y vice.

Sobre la confección de la BUE

-En las PASO y las elecciones generales se agruparán dentro de una misma franja de la boleta única las agrupaciones que tengan idéntica denominación.

-Solo en el caso en que no participen agrupaciones de igual denominación en todas las categorías de cargos nacionales a elegir, las listas que compiten por una agrupación de distrito podrán adherir a la lista de una única agrupación política de orden nacional de diferente denominación, apareciendo en una misma franja de la boleta única.

-Las listas que compiten por una agrupación política de orden nacional solo podrán adherir a las listas de una única agrupación política de distrito de diferente denominación cuando no compita una de una misma denominación, apareciendo en una misma franja de la BUE.

-Para las elecciones generales solo se admitirán en una misma franja las agrupaciones que hubieran adherido sus boletas en las PASO. En ningún caso se permitirá que, a través de un acuerdo de adhesión, una misma lista de candidatos para las elecciones generales se encuentre en más de una franja o columna.

-La boleta única es impresa con una antelación no menor a los 15 días previos a la fecha de la elección, en una cantidad igual al número de electores correspondientes al padrón electoral, más un 5 % adicional para reposición en caso de contingencias.

-En cada mesa electoral se dispone de igual número de boletas únicas que de personas habilitadas para votar, cifra a la que se le adiciona el porcentaje adicional del 5 %.

Voto anulado

-Se considerará nulo un voto si es emitido mediante una BUE no oficializada

-Si contiene dos o más marcas para la misma categoría de distintas agrupaciones políticas para la misma categoría. La nulidad se limitará a la categoría en que se hubiese producido la repetición de opciones.

-También la BUE en la que se hubiese roto algunas de las partes, solo si esto impide establecer cuál ha sido la opción electoral escogida. La nulidad se limitará a la categoría en la que no fuera posible identificar el voto por la rotura.

-Se anulará la BUE en la que aparezcan inscripciones, imágenes o leyendas de cualquier tipo distintas de la marca de la opción electoral.

-Cuando juntamente con la boleta única plegada se hayan incluido objetos extraños a ella.

Con información de Parlamentario

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