Se inicia este jueves 28 la segunda etapa de la inscripción para cobrar el bono de $ 18 000

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) dividió en dos etapas el proceso de inscripción para el refuerzo de ingresos de $ 18 000 que pagará en dos cuotas a trabajadores informales, monotributistas A y B y trabajadoras de casas particulares.

La gestión debe realizarse a través de la página web del organismo y la primera etapa comenzó el 21 de abril con la actualización de datos del beneficiario.

Se debe ingresar al sitio web de la Anses hasta el 28 de abril para actualizar datos. En una segunda etapa, que se extenderá entre el 28 de abril y el 5 de mayo, habrá que firmar una declaración jurada y cargar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta en la que se acreditarán los $ 18 000, en dos cuotas de $ 9000, en mayo y junio.

La actualización de datos podrá hacerse en cualquier momento, hasta el 28 de abril, ingresando a la solapa “Mi Anses” en la web del organismo (www.anses.gob.ar) con su CUIL y Clave de la Seguridad Social que, en caso de no recordarlos, podrá consultarlos a través del mismo aplicativo o dirigiéndose a cualquiera de las 400 Unidades de Atención Integral (UDAI) en todo el país.

Una vez allí, deberá seleccionar la opción “Refuerzo de Ingresos” para verificar y actualizar, en caso de que sea necesario, los datos de contacto con los que cuenta el organismo (teléfono, dirección y correo electrónico), de modo de garantizar la comunicación en caso de cualquier eventualidad.

La segunda etapa se extenderá entre el 28 de abril y el 5 de mayo, período en que se deberá completar la inscripción, firmar una declaración jurada en la que asegure cumplir con los requisitos para acceder al bono y cargar su clave bancaria uniforme (CBU), que identifica la cuenta bancaria en la que se le acreditarán los $ 18 000.

El 5 de mayo la Anses dará a conocer quiénes fueron las personas que cumplieron con los requisitos socioeconómicos para recibir el refuerzo, aunque el proceso de inscripción estará abierta hasta el 7 de mayo.

Los potenciales beneficiarios que quieran recibir el bono deberán inscribirse si son trabajadoras y trabajadores sin ingresos formales, trabajadoras/es de casas particulares y monotributistas sociales y monotributistas A y B con ingresos mensuales menores a dos salarios mínimos ($ 77 880).

El pago de refuerzo se hará por número de finalización de DNI desde el 19 de mayo y durante los 10 días hábiles posteriores.

Los jubilados y pensionados no deberán realizar ninguna inscripción ya que recibirán el refuerzo (de $ 12 000) en forma automática junto con su haber, de acuerdo con el cronograma de pagos de mayo y sin la necesidad de realizar ningún tipo de trámite.

En el caso de jubilados y pensionados, el refuerzo será para los que tengan haberes por hasta dos jubilaciones mínimas ($ 65 261), aunque los que cobren por encima de ese valor recibirán un proporcional hasta llegar a los $ 77 260.

El cobro del refuerzo de ingresos es compatible con la asignación universal por hijo (AUH), la asignación por embarazo para protección social, las becas Progresar, la prestación por desempleo, con Potenciar Trabajo, con estar inscripto en el Registro Nacional de Trabajadores de la Economía Popular (Renatep) y con los planes alimentarios provinciales y municipales.

El Gobierno nacional formalizó el otorgamiento del bono extraordinario de $ 12 000 a jubilados y pensionados que perciban hasta dos haberes mínimos a partir de mayo, a través del decreto 215/2022 publicado hoy en el Boletín Oficial.

El decreto de hoy determina que el subsidio será para los beneficiarios y las beneficiarias de las prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o hijas o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la Anses.

Además, dispuso que se otorgará solo a aquellos titulares que, por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes perciban un monto equivalente de hasta $ 65 260,80.

Aquellos titulares que por la suma de todas sus prestaciones vigentes perciban un importe superior a $ 65 260,80 recibirán la cantidad necesaria hasta alcanzar $ 77 260,80.

El subsidio extraordinario no alcanza a los regímenes de retiros y pensiones de las fuerzas policiales o del Servicio Penitenciario de las Provincias, cuyos sistemas de previsión fueron transferidos al Estado nacional, cuando fuere su único beneficio.

Jubilados y pensionados no deben inscribirse, ya que cobrarán el refuerzo con el calendario de haberes habitual.

Con información de la Agencia Télam

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